A) Cuando una Delegación Pública requiera a otra para que anule o revise un acto que entienda que es ilegal y que constituya la base para el que la primera haya de dictar en el ámbito de sus competencias, en el supuesto al que se refiere el apartado 5 del artículo 39 https://calificamiservicio-com34332.luwebs.com/32771179/los-principios-básicos-de-equipotacticodecampismo-com-mx