2.º Las superficies transparentes o translúcidas de las puertas y portones que no sean de material de seguridad deberán acogerse contra la rotura cuando ésta pueda suponer un peligro para los trabajadores. En este contexto, la EU-OSHA [30] define como "riesgos nuevos y emergentes" a los riesgos que no existían https://my-social-box.com/story5322803/seguridad-y-salud-una-visi%C3%B3n-general